Resolución Expediente Acta Nº
Nº 362/019 0495-02-006-2019 42/2019
 
Referencia
MULTA DE UI 18.800 A ACODIKE SUPERGÁS SA
 
Resolución

VISTO: las actuaciones llevadas a cabo por el Área de Fiscalización, en el marco de las verificaciones del cumplimiento de la normativa correspondiente a la cobertura geográfica y situación de las Instalaciones pertenecientes a la cadena de distribución de la empresa Acodike Supergás SA al 30 de junio de 2019;

RESULTANDO: I) que en informe técnico de fecha 30 de julio de 2019 el asesor técnico expresó que: a) se constató que a la fecha de control la mencionada empresa no ofrecía cobertura en Colonia Nicolich (Departamento de Canelones) y en Pinamar y Neptunia (Departamento de Canelones), por lo cual se verificaría un incumplimiento en ese sentido; b) sin embargo en lo atinente a la situación de las instalaciones pertenecientes a su cadena de distribución, no se detectaron instalaciones que hubieran estado comercializando GLP sin autorización de operación;

II) que el asesor informante calculó los montos de las multas del caso, sugiriendo aplicar multas por un total de Unidades Indexadas 18.800;

III) que se confirió vista del caso, sin que presentara descargos; 

IV) que la Gerencia de Fiscalización comparte lo informado y eleva los obrados;

CONSIDERANDO: que se cumplió con el debido procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo dispuesto por el Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de Gas Licuado de Petróleo, al Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo de GLP, el artículo 15 de la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002 y en las normas modificativas y concordantes, en las Resoluciones de URSEA  Nº 24/006, N° 51/009, Nº 144/011, N° 154/017 y a lo informado,

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar una multa de Unidades Indexadas dieciocho mil ochocientas (UI 18.800) a Acodike Supergás SA, por lo expuesto y lo que surge de obrados.

2) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y en la base de Sanciones.

3) Pase a la División Gestión de Recursos para gestionar el cobro de la multa impuesta. Oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 42/2019 de fecha 10/29/2019